El Consejo de Ministros de Cuba hizo pública una nueva normativa legal mediante la cual se dictan las disposiciones generales para el proceso de autorización, registro, modificación de estatus, operatividad y cierre de todas las representaciones comerciales y empresariales extranjeras con presencia en el país caribeño.
El decreto establece un marco institucional de observancia obligatoria que delimita los requisitos de inscripción para firmas, agencias y sucursales foráneas, así como las facultades de supervisión estatal sobre sus actividades de negocio dentro del territorio nacional. La legislación busca centralizar el control administrativo, precisar el ámbito de acción permitido para los representantes internacionales y fijar las causas bajo las cuales el Estado cubano podrá revocar o dar por concluidas dichas operaciones.
Esta medida se enmarca dentro de las recientes reestructuraciones económicas que adelanta el ejecutivo en La Habana para reorganizar la inversión extranjera y los flujos de comercio exterior en la isla.









