La Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional entró en vigencia tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, número 37,256, correspondiente al 26 de septiembre. La normativa establece nuevas disposiciones para el tratamiento y reclusión de personas privadas de libertad identificadas como integrantes de estos grupos.
De acuerdo con el nuevo marco legal, los privados de libertad que hayan sido declarados o identificados como miembros de asociaciones terroristas, maras o pandillas serán considerados reos de alta peligrosidad y agresividad. Bajo este régimen, deberán permanecer bajo custodia estatal en aislamiento individual y en celdas de máxima seguridad, sin convivencia colectiva.
La normativa también establece que cualquier excepción a las medidas de aislamiento deberá contar con autorización y fundamentación del Consejo Técnico Interdisciplinario, conforme a las condiciones contempladas en la ley. Las disposiciones forman parte de las medidas orientadas al fortalecimiento del sistema penitenciario nacional.









