CONVOCATORIA A ELECCIONES PRIMARIAS 2021
Comparezco, en mi calidad de Consejera Presidenta del Consejo Nacional
Electoral, a cumplir con el mandato expreso al que la Ley me obliga, en respeto al
juramento constitucional que presté, como funcionaria pública de un órgano
autónomo e independiente, el cual impone dejar a un lado todo matiz de activismo
político.
La Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas vigente, me obliga a realizar la
convocatoria de elecciones primarias, de acuerdo al Artículo 115: Seis meses antes
de la fecha de realización de las mismas, el 14 de marzo de 2021.
De no hacer esta Convocatoria en la fecha estipulada en la vigente Ley, se pondría
en riesgo la realización de elecciones, pues el proceso estaría sujeto a interposición
de recursos jurídicos, para impedir que se lleven a cabo. Incluso, una impugnación
a esta convocatoria, hecha en legal y debida forma, obedeciendo lo que la ley
vigente dispone, se percibiría como un propósito subyacente de impedir que las
elecciones primarias e internas se efectúen, y el preludio de empañar todo el
proceso de elecciones generales; o hasta de un inconfesable ardid para la
continuidad inaceptable del actual orden de cosas.
Este no es el escenario que esperábamos. Hoy debería marcarse el inicio de una
fiesta cívica, de renovación interna de los Partidos Políticos y de elección de las
nóminas a cargos de elección popular, sometidas a la decisión ciudadana, para
lograr el cambio que el país demanda, la ventana de oportunidad para salir de tantas
crisis, la práctica de la alternancia en el ejercicio del poder, la reconstitución de la
democracia participativa e incluyente, el fortalecimiento institucional, que es pilar del
desarrollo de los países.
En muestra de respeto al pueblo hondureño, tengo la responsabilidad de decir con
contundencia: Hubiese sido preferible actuar bajo el marco jurídico de una nueva
Ley Electoral ya aprobada. No deja de ser motivo de preocupación general no contar
todavía con ese marco jurídico.
El país requiere de actos que generen confianza. Saber que, en el más breve plazo
posible, las fuerzas políticas representadas en el soberano Congreso Nacional,
arribarán a los consensos necesarios en aras del bien nacional, que permitan contar
con una ley electoral definitiva.
No se pretende, ni por asomo, que los ciudadanos concurran a votar con listados
provisionales que sólo se exhiben para dar trámite a un requisito establecido en la
vigente Ley, cuyos plazos ahora nos vemos en la obligación de cumplir.
El censo electoral definitivo, con el que los ciudadanos acudirán a las urnas a
elecciones primarias e internas, debe ser el censo actualizado, limpio, con los datos
que desde campo recoge el Registro Nacional de las Personas. Haciendo un
proceso evolutivo, que vaya mostrando públicamente los datos desde ahora, para
que las inscripciones del proceso de enrolamiento sean ampliamente conocidas y
que, durante este tiempo, los ciudadanos puedan comunicar sus reclamos a manera
de corregir cualquier equívoco.
Para lograrlo se requiere que la Ley revise y ajuste los plazos del cronograma
electoral, para que el censo electoral definitivo se construya con la información del
proceso que desarrolla el Registro, producto de la cual se emitirá el nuevo
documento nacional de identificación seguro e inalterable. De esta manera, se podrá
alejar la sombra de duda y el cuestionamiento sobre el censo.
Esperamos que la norma permita implementar mecanismos que eviten trampa,
trasiego de votos y regulen en líneas generales la seguridad informática en el
escrutinio, transmisión impecable y divulgación de resultados electorales.
Asimismo, que aseguren la disponibilidad presupuestaria del CNE, de acuerdo al
cronograma electoral, para realizar los procesos de acuerdo con la Ley de
Contratación del Estado, lo cual incidirá directamente en la transparencia de la
ejecución de los fondos destinados al proceso.
Reitero que hoy sin más alternativa que atender al cumplimiento de la vigente Ley,
desde la presidencia del Consejo Nacional Electoral (en seguimiento al Acuerdo de
Convocatoria aprobado por unanimidad, publicado en el Diario Oficial La Gaceta),
me corresponde:
Convocar a los Partidos Políticos legalmente inscritos a elecciones primarias que se
llevarán a cabo el día domingo 14 de marzo de 2021, para que elijan sus candidatos
y candidatas a los siguientes cargos de elección popular:
Un Presidente o Presidenta de la República y tres Designados o Designadas a la
Presidencia;
Veinte (20) Diputados o Diputadas al Parlamento Centroamericano y sus
respectivos suplentes;
Ciento veintiocho (128) Diputados o Diputadas al Congreso Nacional y sus
respectivos suplentes;
Doscientas noventa y ocho (298) Corporaciones Municipales integradas por un
Alcalde o Alcaldesa, un Vicealcalde o vicealcaldesa y sus respectivos Regidores o
Regidoras de conformidad con los listados a cargos de elección popular, que fueron
remitidos a los Partidos Políticos legalmente inscritos, el 13 de julio de 2020.
De forma muy especial, quiero resaltar que las nóminas a cargos de elección
popular deben respetar y cumplir el principio de paridad y el mecanismo de
alternancia, previstos en la Ley.
Asimismo, se hace saber que quienes pretendan medir el comportamiento electoral,
deben registrarse en el CNE y que no podrán publicar o divulgar sondeos o
encuestas de opinión en materia político electoral, sin ese requisito, ni dentro de los
30 días previos a las elecciones primarias.
Hondureños y hondureñas, la historia electoral de nuestro país, debe comenzar a
escribirse de nuevo.
Por: Ana Paola Hall
Consejera Presidenta CNE
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