Una nueva opción, será presentada ante el congreso nacional en remplazo a la ya derogada ley empleo por hora, en la cual se albergaban al menos 40 mil hondureños, la cual supuestamente tiene como objetivo velar por los derechos laborales y de seguridad social y tiene como nombre.
Ley de Empleo Parcial, consiste en un contrato colectivo entre el patrono y el trabajador que no excede las 34 horas de trabajo, es decir 5 horas laborales diarias, si su empleador requiriera de su servicio fuera de su jornada, recibirá un recargo a su favor dependiendo de su jornada de trabajo, diurna 25%, diurna – nocturna 50 y nocturna con un 75 %, siempre y cuando no se exceda de 4 horas.
Asimismo, el trabajador a tiempo parcial de forma indefinida gozará de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo y los días serán otorgados según el Código de Trabajo, todo aquel que trabaje en esta modalidad también es beneficiado con seguro social y las prestaciones que brinda, si la remuneración recibida es inferior al techo de cotización el patrono debe de completar el cien porciento del monto del IHSS.
Si el patrono excede las 34 horas de su jornada laboral deberá pagarle como empleado a tiempo completo, si usted era beneficiado con la ley de empleo por hora podrá hacer su cambia a la modalidad de empleo parcial durante los 30 días hábiles otorgados por las autoridades y deberá informarse el cambio en la secretaria de Trabajo y Secretaria de Trabajo y Seguridad Social.








