La Asociación de Sordos de Honduras (ASH), organización representativa de la comunidad sorda hondureña, expresa su profunda preocupación y su enérgico rechazo ante la designación de una persona que no reúne las competencias profesionales necesarias para desempeñarse como intérprete de Lengua de Señas Hondureña (LESHO) en las transmisiones y actividades oficiales del Congreso Nacional de Honduras.
Esta situación no constituye una simple inconformidad sobre la calidad de un servicio. Se trata de una cuestión de derechos humanos, accesibilidad e igualdad de oportunidades para las personas Sordas. Cuando una institución pública asigna funciones de interpretación a personas que no cuentan con la formación, experiencia y competencias requeridas, limita el acceso efectivo de la comunidad sorda a la información pública y vulnera principios fundamentales reconocidos por la legislación nacional e internacional. La accesibilidad no se garantiza únicamente colocando a una persona frente a una cámara realizando señas.
La accesibilidad se materializa cuando la información es transmitida de manera clara, completa, precisa y culturalmente pertinente mediante intérpretes debidamente capacitados. Una interpretación deficiente genera barreras de comunicación, desinformación y exclusión. La Ley de la Lengua de Señas Hondureña (LESHO), Decreto No. 321-2013, reconoce la Lengua de Señas Hondureña como la lengua natural de las personas Sordas hondureñas y establece la obligación de promover las condiciones necesarias para garantizar su uso efectivo en los diferentes ámbitos de la vida nacional.
Asimismo, la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad establece que las personas con discapacidad gozan plenamente de todos los derechos inherentes a la dignidad humana y obliga a las instituciones públicas a garantizar el acceso a la información y a las comunicaciones mediante mecanismos adecuados que respondan a las necesidades de cada población.












