La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, con el objeto de solventar la emergencia ocasionada por la huelga de Fiscales y Médicos Forenses del Ministerio Publico a nivel nacional, instruye a todos los JUECES DE PAZ CON COMPETENCIA EN MATERIA PENAL Y A LOS JUZGADOS DE PAZ MOVIL, para que en coordinación con los agentes de la Policía Nacional y los Funcionarios de la Secretaria de Salud de la localidad correspondiente, proceda a efectuar los levantamientos e identificación de cadáveres en ausencia del Fiscal, con base al numeral 2 del Artículo 59 del Código Procesal Penal, acciones que durarán mientras continúe el paro de labores de los funcionarios del Ministerio Publico.








