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CSJ ordena a jueces, notificar directamente a la TGR y al Estado las sentencias firmes por embargos

Por Max Torres
18 junio, 2026
in NOTA DESTACADA
CSJ ordena a jueces, notificar directamente a la TGR y al Estado las sentencias firmes por embargos

CSJ ordena notificar directamente a la TGR y al Estado, las sentencias firmes por embargos

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El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Wagner Vallecillo, ordena a los jueces notificar directamente a la Tesorería General de la República y al Estado las sentencias firmes por embargos.

Aquí el oficio completo:

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Estimados (as) Señores (as):

Por medio de la presente, me permito dirigirme a Ustedes, en relación con el Informe No. 002-2026-DGSD-CSJ-A contentivo de la “INVESTIGACIÓN ESPECIAL PRACTICADA A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CON ENFASIS EN LA REVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DE EMBARGOS JUDICIALES CONTRA LA CUENTA UNICA DEL ESTADO Y LA OBSERVACIA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL ESTABLECIDO EN LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PRESUPUESTO”, periodo comprendido del 01 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 202025 [sic, así aparece en el documento], en el cual se establece, dentro de las recomendaciones emitidas la siguiente observación:

HALLAZGO POR DEFICIENCIAS DE CONTROL INTERNO

Hallazgo No. 1
Incumplimiento del Procedimiento Especial establecido en las Disposiciones Generales del Presupuesto en cuanto a la Remisión Directa a la Tesorería General de la República de Oficio o Copia de Sentencia Firme en la Ejecución de Embargo contra el Estado.

Recomendación No. 1
Girar instrucciones a todos los órganos jurisdiccionales a nivel nacional para que, en los casos de sentencias firmes emitidas contra instituciones del sector público, se garantice la remisión oportuna de oficio correspondiente, con copia certificada de la sentencia o resolución que sirve de base a la ejecución, directamente a la Tesorería General de la República (TGR) y a la Institución demandada, a fin de que los montos a pagar se ajusten a la disponibilidad presupuestaria correspondiente. Asimismo, dentro del control jurisdiccional, asegurar la formación integra, cronológica y documentada de los expedientes, garantizando que consten las resoluciones, sentencias, acuerdos, autos de ejecución, autos de embargo, liquidaciones y comunicaciones emitidas a las instancias correspondientes, evitando que los instrumentos de auxilio judicial figuren como único respaldo documental de dichas actuaciones. Verificar el cumplimiento de esta Recomendación.

En razón de lo anterior, y con el propósito de dar cumplimiento a las recomendaciones emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) en el citado informe, se instruye que, a partir de la fecha todas sentencias firmes emitidas contra instituciones del sector público se deberá realizar la remisión oportuna del oficio correspondiente con copia certificada de la sentencia o resolución que sirve de base a la ejecución, directamente a la Tesorería General de la República (TGR) y a la Institución demandada, con el propósito de que los montos a pagar se ajusten a la disponibilidad presupuestaria correspondiente.

De igual manera dentro de los controles jurisdiccionales a implementar, se deberá asegurar la formación integra, cronológica y documentada de los expedientes, garantizando que consten las resoluciones, sentencias, acuerdos, autos de ejecución, autos de embargo, liquidaciones y comunicaciones emitidas a las instancias correspondientes, evitando que los instrumentos de auxilio judicial figuren como único respaldo documental de dichas actuaciones. Verificar el cumplimiento de esta Recomendación.

Dichas actividades son de carácter obligatoria y permanente.

Atentamente,

WAGNER VALLECILLO PAREDES
MAGISTRADO PRESIDENTE

Tags: EMBARGOSESTADO DE HONDURAS

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