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Inmigración exige que solicitantes de asilo lleven su propio intérprete a la entrevista

A partir de ayer miércoles los solicitantes de asilo afirmativo deben asistir con un intérprete a las citas con el servicio de inmigración. Si no cuentan con uno, es probable que la agencia desestime el caso y lo refiera a un juez de inmigración, disminuyendo sus probabilidades de defender sus derechos de permanencia en Estados Unidos.

El Servicio de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) anunció el término de un programa que proporcionaba este servicio en más de 40 idiomas, el que ahora deberá ser cubierto por los solicitantes de asilo afirmativo.

“A partir del 13 de septiembre de 2023 deben traer un intérprete a su entrevista de asilo afirmativo si no dominan el inglés o desean proceder con sus entrevistas de asilo en otro idioma distinto a inglés”, dijo la agencia.

Qué pasa si no trae un intérprete

Si usted necesita un intérprete “y no trae uno a su entrevista de asilo afirmativo o si su intérprete no domina el inglés, y usted no demuestra una razón justificada, puede que consideremos esto como una incomparecencia a su entrevista y podríamos desestimar su solicitud de asilo o referir dicha solicitud a un juez de inmigración”, advirtió USCIS.

La solicitud de asilo afirmativo se hace por medio del formulario I-589. El mismo documento se utiliza para el asilo defensivo, que se procesa en un tribunal de inmigración.

En cuanto a la referencia del caso a un tribunal de inmigración para que un juez decida su permanencia en el país, se refiere a que, al ser desestimado el caso de asilo afirmativo se con vierte en asilo defensivo donde el peticionario deberá defenderlo en la Corte de Inmigración y vencer los alegatos que presentan los fiscales de inmigración.

“El intérprete debe dominar inglés y en un idioma que usted hable con fluidez, y al menos debe tener 18 años”, aclara la agencia.

Quién no pude servir de intérprete

No cualquiera puede ser su intérprete durante una entrevista de asilo afirmativo ante un agente de asilo de la USCIS. La dependencia, que opera bajo el mando del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), aclaró quiénes NO pueden servir de intérpretes:

  • Su abogado o representante autorizado;
  • Un testigo que testifica a nombre suyo;
  • Un representante o empleado del gobierno de su país de nacionalidad (o, si usted es apátrida, de su país de última residencia habitual); o
  • Una persona que tiene una solicitud de asilo pendiente de resolución y no ha sido entrevistado aún.

“De alguna manera complica el proceso de asilo afirmativo porque los inmigrantes que están llegando muchos no conocen a gente que los pueda asistir y servir de intérprete en una entrevista con un agente de USCIS”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California.
A partir de ahora “deberán en algunos casos pagar un intérprete y eso puede dificultar el caso. También deben asegurar que la persona que sirva de intérprete traduzca fielmente su testimonio porque si el caso es rechazado y enviado a un tribunal de inmigración, la traducción de la entrevista se va junto con el expediente”.

Qué es el asilo afirmativo

Para solicitar el asilo afirmativo es necesario que el solicitante no se encuentre en proceso de deportación, explica el libro ‘Inmigración, las nuevas reglas, una Guía de Univision’.

Toda persona que haya entrado al país con cualquier tipo de visa de no inmigrante tiene derecho a solicitar asilo afirmativo durante su primer año de estadía en Estados Unidos. Para ello tiene que completar el formulario I-589 y enviarlo a la USCIS.

Asimismo, el inmigrante tiene que presentar pruebas de que ha sufrido persecución o que tiene temor de persecución por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular (por ejemplo, los homosexuales) u opinión política, si fuese devuelto o deportado a su país.

Si la solicitud la presenta un adulto:

  • Puede incluir en ella a su cónyuge e hijos menores de 21 años y solteros que se encuentren en Estados Unidos al momento de presentar la petición, o antes de que el gobierno tome una decisión final sobre el caso.
  • Si el formulario I-589 lleva más de 150 días pendiente con USCIS, también puede solicitar una Autorización de empleo (EAD) a través del formulario I-765.
  • El primer permiso de trabajo, si tiene una solicitud de asilo pendiente o ya fue concedido, es gratuito. Y si gana el caso de asilo, el solicitante puede reclamar al cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años presentando una Petición de familiar refugiado/asilado (Refugee/Asylee Relative Petition), formulario I-730.


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