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Nicaragua da luz verde para enjuiciar a personas o entidades por delitos en el extranjero

La Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua reformó este martes el Código Penal con el cual se allana el camino para enjuiciar a las personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o extranjeras, que cometan fuera del territorio nacional delitos contra la administración pública, el Estado o sus instituciones, ciberdelitos, entre otros.

La reforma penal, propuesta por el presidente nicaragüense, Daniel Ortega, se aprobó por 88 de los 91 diputados que integran el Parlamento.

Esa iniciativa reformó 27 de los 568 artículos del Código Penal, entre ellos uno que establece que las leyes penales de Nicaragua serán también aplicables a los nicaragüenses o extranjeros que hayan cometido fuera del territorio nacional algunos de los siguientes delitos: lavado de activos, terrorismo y su financiamiento, proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento, y crimen organizado.

Además, delitos contra la administración pública; contra el Estado o sus instituciones; ciberdelitos; cualquier otro que pueda perseguirse en Nicaragua, conforme los instrumentos internacionales ratificados por el país, entre otros.

Las penas por esos delitos, según la reforma, van desde las privativas de libertad, decomiso de bienes o activos y multa. En los casos de encarcelamiento, en casos de delitos graves, las penas serán hasta de prisión perpetua revisable.



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