Por unanimidad de votos, los Jueces de la Sala I del Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Lectura de Fallo,
ABSOLVIERON de responsabilidad penal al Capitán Santos Rodríguez Orellana, Jennifer Lizeth Bonilla y Reyna Lizeth Bonilla de delito de Lavado de Activos Agravado, luego que en la valoración conjunta existió insuficiencia de prueba.
Como consecuencia de ese fallo absolutorio, se les revoca a los familiares las medidas cautelares que estaban cumpliendo, se les extiende la carta de libertad provisional y se ordena que en un plazo de diez días se les retorne los bienes que estén retenidos.
En su fallo, los jueces explicaron que las pruebas ofertadas generaron más dudas que certezas, que no se pudo demostrar la participación del Lavado de Activos y que no existió delito precedente ya que la prueba demostró que la actividad económica es
formal.
Según el requerimiento fiscal presentado existió un ingreso económico de más de 238 millones de Lempiras que no fueron justificados por los imputados: Santos Rodríguez Orellana, capitán de las Fuerzas Armadas, Reina Lizette Bonilla Márquez
y Jennifer Lizette Bonilla.
Se hizo saber a las partes procesales que la Sentencia se notificará dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal y que a partir de ese momento se puede interponer el Recurso de Casación en el término de los siguientes 20 días a la notificación.