El Instituto Nacional Penitenciario (INP) de Honduras informó que el viernes 12 de septiembre se realizó el traslado de 51 personas privadas de libertad desde el Centro Penitenciario Nacional de Támara hacia otros centros del país.
La medida, ejecutada con apoyo de la Policía Militar del Orden Público y el Sistema de Emergencias 911, busca garantizar la seguridad e integridad de los internos, en cumplimiento de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional y tras disposiciones de la Comisión Interventora del INP.
EL COMUNICADO:
COMUNICADO DE PRENSA No 40-2025
El Instituto Nacional Penitenciario (INP) informa a los familiares de las Personas Privadas de Libertad, así como a la comunidad nacional e internacional, lo siguiente:
- Que el Instituto Nacional Penitenciario es el ente responsable de la guarda y custodia de las Personas Privadas de Libertad, actuando siempre con estricto respeto a sus derechos fundamentales, orientando su labor a garantizar condiciones de vida dignas, seguras y adecuadas que favorezcan los procesos de Rehabilitación, Reeducación y Reinserción social.
- Que conforme al artículo 16, numeral 11, de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, es atribución del Director Nacional del INP, “Regular la distribución y el traslado de la población privada de libertad que cumple penas, en los Centros Penitenciarios, conforme a la presente Ley”.
- Que según el Reglamento de la Ley del Sistema Penitenciario Nacional en su Artículo 206, es facultad del Director Nacional del Instituto Nacional Penitenciario, ordenar traslados de internos cuando por la naturaleza o gravedad de su situación, existan riesgos de seguridad e integridad personal de la persona interna que afecten su condición procesal, en razón de lo establecido en el artículo 66 de la Ley.
- Que de las facultades antes expuestas, en sesión extraordinaria del PCM 28-2024 y el PCM 41-2024 a la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario se le instruye a intervenir la infraestructura física, para que se tomen las medidas necesarias para la protección de la vida y la seguridad de los privados de libertad, tomando en cuenta el diseño arquitectónico de los centros y el perfil criminológico de la Persona Privada de Libertad, en base a los estudios técnicos de peligrosidad.
- Que, en el cumplimiento de dicha normativa, el viernes doce de Septiembre del dos mil veinticinco, se efectuó el traslado de un total de cincuenta y uno (51) Personas Privadas de Libertad, distribuidas de la siguiente manera: 5.1 Veintiocho (28) Personas Privadas de Libertad con traslado definitivo desde el Módulo de Máxima Seguridad del Centro Penitenciario Nacional de Támara, hacia el Centro Penitenciario de Ilama, Santa Bárbara. 5.2 Veintitrés (23) Personas Privadas de Libertad con traslado definitivo desde el Módulo de Máxima Seguridad del Centro Penitenciario Nacional de Támara hacia el Centro Penitenciario de Morocelí, El Paraíso.
Este espacio se llevó a cabo con el objetivo de salvaguardar la vida y la integridad física de la población penitenciaria, priorizando el derecho de la vida y la seguridad de todas las personas privadas de libertad.
El operativo con apoyo de la Policía Militar del Orden Público (PMOP) y del Sistema de Emergencia 911 se realizó en orden y con estrictas medidas de seguridad.
La Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario reitera su compromiso con el pueblo hondureño de continuar trabajando por el bienestar de los privados de libertad, garantizando siempre el estricto cumplimiento del sistema penitenciario nacional.
Comayagüela, M.D.C. Viernes 12 de septiembre de 2025













