EL COMUNICADO:
La Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) comunica:
1. La revalorización de pensiones es un derecho establecido en el artículo 117 de la Ley del INJUPEMP, la cual se debe aplicar anualmente tomando en consideración la inflación observada del año inmediato anterior publicada por el Banco Central de Honduras (BCH) y la solvencia actuarial y financiera del Instituto, asimismo esta debe ser dictaminada favorable por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), por lo que no depende de una decisión unilateral de la Dirección Ejecutiva.
2. Para la revalorización de pensiones correspondiente al año 2025, se instaló una mesa técnica, integrada por ejecutivos del Instituto y miembros de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados de Honduras (ANJUPPEH), con el objetivo de presentar a la CNBS una propuesta basada en ley y en el principio de solidaridad, aplicando un porcentaje más alto a las pensiones más bajas.
3. Con base en nuestras proyecciones, el pago de la revalorización de pensiones 2025, retroactivo desde enero a mayo, se estará acreditando a más tardar en 2 semanas.
4. Entre tanto, el pago del catorceavo mes se acreditará el jueves 05 de junio sin incluir el ajuste por la revalorización, ya que este se verá reflejado en el retroactivo.
5. La revalorización aplica únicamente a jubilados por vejez e invalidez.
6. Hacemos un llamado a los jubilados y pensionados a no caer en la especulación y desinformación, ya que la única información válida es la publicada en los medios oficiales de INJUPEMP.
Tegucigalpa, M.D.C, 02 de junio de 2025