Después de una larga espera, el pasado viernes 20 de diciembre, finalmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con sede en Costa Rica, notificó la sentencia del caso “Beatriz y otros vs El Salvador”, entendiendo que la protección de una madre que atraviesa un embarazo de riesgo y con la concepción de un bebé con anencefalia debe lograrse con protocolos o directivas médicas adecuadas a esa circunstancia. Estas guías médicas, al mismo tiempo, no son incompatibles con una legislación que prohíbe el aborto en el derecho penal y protege la vida desde la concepción en la Constitución, situación en la que se encuentra el Estado salvadoreño.
Sin lugar a dudas, esta decisión constituye un hito trascendente para el derecho internacional de los derechos humanos y para la protección de toda madre e hijo en el seno materno en la región latinoamericana. A pesar de las múltiples presiones de las asociaciones feministas y abortistas que llevaron esto a la Corte (el caso recibió más de 100 Amicus Curiae), cinco jueces de los seis que integran el Tribunal realizaron de modo valiente una interpretación de la Convención Americana fiel a su espíritu y en respeto de la soberanía del Estado salvadoreño.
Varios son los puntos a destacar de esta decisión que conviene tener en cuenta para no malinterpretar el contenido de la sentencia y sus efectos para los Estados que aprobaron la Convención Americana de Derechos Humanos.