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¡Para los 166 docentes! Inprema aplicará fallo sobre «Jubilación a los 50 años», con el presupuesto 2025

El Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) informa a la comunidad magisterial y al público en general lo siguiente:

La Comisión Interventora del INPREMA, nombrada por la presidencia de la República, reitera su compromiso de dar estricto cumplimiento a la resolución emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Dicho fallo ordena otorgar el beneficio de jubilación establecido en el Decreto Ley 1026 del 15 de julio de 1980, a favor de un grupo de 166 maestros que interpusieron un recurso de amparo administrativo. Esta sentencia deja sin efecto la resolución administrativa No. CI.ASL/089 del 21 de marzo de 2023, emitida por el INPREMA.

El INPREMA, de manera responsable, está realizando las gestiones administrativas; un análisis preliminar de los docentes del fallo, que deberá corroborarse con los departamentos de Operaciones y Prestaciones Sociales.

Este análisis incluye los cálculos y proyecciones financieras necesarias para efectuar, a la brevedad posible, el ajuste en el beneficio de jubilación de los amparistas. No obstante, debido al cierre de operaciones del año fiscal y a la ejecución total del presupuesto vigente, dicho ajuste no puede aplicarse de forma inmediata, el cumplimiento de esta obligación deberá ejecutarse con base en el presupuesto correspondiente al nuevo año 2025, tal como lo establece el numeral 4 del fallo del recurso de amparo, que literalmente señala: “Que el Instituto Nacional de Previsión del Magisterio disponga de lo pertinente en cuanto al presupuesto para la debida ejecución de esta sentencia”.

Es importante subrayar que la sentencia sobre el recurso de amparo beneficia exclusivamente a los 166 docentes recurrentes (artículo 72 de la Ley de Justicia Constitucional). Sin embargo, de ese grupo de 166 docentes, existen 28 que están en servicio activo y a quienes no les corresponde el numeral 2 del fallo.

En este sentido, la Comisión Interventora del INPREMA aclara que, únicamente se reconocerá este derecho a aquellos docentes que cuenten con resoluciones firmes emitidas por la Sala de lo Constitucional.

Además, es importante aclarar que para calcular el monto del supuesto cálculo de jubilación se parte de la misma fecha en que el docente recibió la pensión, ya que no puede hacerse antes de esa fecha debido a que pudo haber recibido salarios.

Así mismo, en este grupo de docentes se cuenta con 133 profesores pensionados de los cuales solamente 75 de ellos le beneficia el cambio a la jubilación bajo la Ley 1026-80; es decir, que la jubilación calculada es mayor a la pensión por vejez.

Como resultado de este fallo, es importante señalar que el monto retroactivo para los últimos cinco años representa un total de más de 10 millones y medio de lempiras; es decir una cantidad promedio de 141,048.03 lempiras por cada docente.



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M. Torres
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