El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil decidió el miércoles que 40 gramos o seis plantas de marihuana es la cantidad de consumo con la cual se diferencia a un consumidor de un traficante.
Es decir, ahora cualquier persona que adquiera, almacene, deposite o transporte hasta 40 gramos de cannabis sativa o seis plantas femeninas se presumirá como consumidor.
Los magistrados estimaron que esta cantidad es «relativa», pero aclararon que la Policía está autorizada a incautarla y trasladar a la persona a una comisaría, inclusive si tiene menos.
Empero la mayoría del STF estableció que la posesión de marihuana no es un delito y debe caracterizarse como una infracción administrativa, sin consecuencias penales.
Penalidades
Para determinar si una persona es traficante, ahora los policías tendrán que usar su criterio. Un ejemplo citado por los magistrados para considerar a alguien como delincuente es si la persona emplea una balanza de precisión, reseñó Folha de S.Paulo.
Otra posible prueba es que tenga una libreta de direcciones.
«Estamos debatiendo la mejor manera de afrontar este problema y minimizar sus consecuencias para la sociedad. Y descubrimos que no establecer una cantidad distintiva ha sido una mala política pública», dijo el presidente de la corte, Luís Roberto Barroso.