La presente ley tiene por objeto reconocer jurídicamente una ruta turística en el departamento de Comayagua, con el fin de promover la inversión mediante el turismo, impulsar el desarrollo económico de la región y fomentar la formalización de empresas y emprendimientos locales.
Las regiones de la ruta turística están denominadas de acuerdo con los rubros presentes en cada una de ellas, con el fin de destacar la variedad y riqueza de la oferta turística de Comayagua.
La ruta turística del departamento de Comayagua está compuesta por cuatro sectores o puntos geográficos:
Sector uno: “LA RUTA PARAINEMA”, que comprende los municipios de San Jerónimo, San Luis, Esquías, La Libertad, Las Lajas y Ojos de Agua, donde se encuentra una amplia variedad de café de alta calidad.
Sector dos: “LA RUTA GANADERA”, que comprende los municipios de Villa de San Antonio, Lamaní, San Sebastián y Humuya, donde se destacan las actividades relacionadas con la ganadería.
Sector tres: “LA RUTA DULCE”, que comprende los municipios de Taulabé y San José de Comayagua, donde se producen y elaboran una gran variedad de dulces típicos de la región.
Sector cuatro: “LA RUTA ANTAÑONA”, que comprende los municipios de Comayagua y Siguatepeque, donde se encuentran importantes sitios históricos y coloniales de la región.
Sector cinco: RUTA VERDE, que comprende los municipios de Siguatepeque, Taulabé y Meámbar, que representan por su flora y fauna uno de los principales atractivos medioambientales.
Se crea un comité de seguimiento de la ruta turística, conformado por representantes del gobierno central y local, y coordinado por las municipalidades del departamento de Comayagua, pudiendo integrarse la empresa privada y organizaciones dedicadas a promover la inversión y el emprendimiento en el departamento. El comité tendrá como objetivo coordinar las acciones necesarias para el adecuado desarrollo y promoción de la ruta turística, así como para garantizar la participación y el beneficio de la comunidad local.
El presente Decreto entra en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.