La Fiscalía Especial de Impugnaciones, en coordinación con la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida y la Fiscalía Local de Siguatepeque, en las últimas horas presentó Recurso de Casación por quebrantamiento de forma contra el fallo de fecha dos de febrero de 2024, dictado por el Tribunal de Sentencia de Siguatepeque una vez que terminara el juicio oral y público en contra de Jarol Rolando Perdomo Sarmiento, acusado por la fiscalía del delito de femicidio agravado en perjuicio de Keyla Patricia Martínez Rodríguez, quien murió de forma violenta en una celda de la Unidad Departamental de Policía #10 de La Esperanza, Intibucá.
Según el criterio técnico de la Fiscalía de Impugnaciones, la sentencia dictada en contra del procesado adolece de falta de claridad y precisión en los hechos probados, los fiscales de ésta dependencia indican que las conclusiones a las que llegó el tribunal de considerar la conducta ilícita del imputado como culposa no es correcta, porque Medicina Forense fue contundente al dictaminar que la causa de muerte de la víctima es asfixia por sofocación producida por una causa externa lo que anula el suicidio como causa de su deceso.
Es decir que, Martínez Rodríguez, fue víctima de la intervención de otra persona que le obstruyó las vías respiratorias y eso provocó su asfixia, no como lo precisa el tribunal en el sentido que no se estableció una causa determinada de muerte, por otro lado, el mismo tribunal acepta que el único policía que estuvo en la escena y tuvo disposición de las llaves de acceso a la celda donde se encontraba la víctima era Perdomo Sarmiento.
La Fiscalía de Impugnaciones al revisar la sentencia concluye que el tribunal se desmarcó de las reglas de la sana crítica para emitir su fallo, porque llegó a una conclusión que no se desprende de la prueba testifical, pericial y de la lógica.
El Ministerio Público busca que la sentencia contra Jarol Rolando Perdomo se anule porque ha generado impunidad en éste caso y que se repita el juicio con un tribunal diferente, así mismo, la Fiscalía de Impugnaciones sostiene que toda la prueba aportada por la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida es contundente y que sin lugar a dudas se trata de un delito doloso y no culposo el cometido por Perdomo Sarmiento.