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Estados Unidos extiende el periodo para reinscripción del TPS para los hondureños

El gobierno de los Estados Unidos de América extendió el periodo de reinscripción del Estatus de Protección Temporal (TPS) para los hondureños, así lo informó el canciller de Honduras, Enrique Reina.

Los hondureños podrán hasta el 5 de julio del 2025 para realizar este trámite. Por su parte, el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puede designar un país extranjero al Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a condiciones en dicho país que impiden a los ciudadanos del país regresar a su país temporalmente de manera segura. USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de estos) que ya están en Estados Unidos. Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS.

Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):

  • No serán removidos de Estados Unidos
  • Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
  • Pueden obtener una autorización de viaje.

Requisitos de Elegibilidad

Para ser elegible al TPS, usted debe:

  • Ser un ciudadano de un país designado al TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país designado
  • Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción, o cumple con los requisitos de presentación de solicitud tardía durante cualquier extensión de la designación de su país al TPS. (Las personas que solicitan por primera vez y se inscriben de forma tardía deben ver a continuación la sección ‘Presentación de Solicitud Tardía)
  • Haber estado presente físicamente de forma continua (CPP) en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país
  • Haber residido continuamente (CR) en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país (vea la página web de TPS correspondiente a su país). La ley permite una excepción al requisito de presencia física continua y al de residencia continua, para salidas cortas, casuales e inocentes fuera de Estados Unidos. Cuando usted solicita o se reinscribe a TPS, debe informar a USCIS de todas sus ausencias de Estados Unidos desde las fechas de CPP y CR. USCIS determinará si la excepción corresponde en su caso.


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M. Torres
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