El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) como instancia de sociedad civil calificó que el contrato concesinario entre el Estado de Honduras y el Aeropuerto Internacional de Palmerola fue firmado con favoritismo y ventaja para el concesionario.
El CNA concluye que, es evidente que del estudio a la concesión, las adendas y pactos que fueron celebrados previo a la publicación del contrato en mención, se gestaron condiciones que son ampliamente favorables para los inversionistas, ya que el Estado de Honduras asume la mayor cantidad del costo del proyecto, asimismo, el canon no supone un ingreso suficiente o favorable para el Estado, lo que evidencia negligencia convencional, al tenor de la cláusula 10.6, donde se establece que el concedente se hace responsable del mantenimiento, rehabilitación y mejora de las obras viales de acceso al aeropuerto de palmerola.
Además, describen que el Estado no percibirá grandes sumas de recursos económicos, debido a la mala negociación realizada en este contrato de concesión; sumado a lo anterior, hay que mencionar que por medio del Decreto Legislativo n.º 30-2016 del 16 de abril de 2016, se le otorgó al concesionario una exoneración de impuestos.