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El Parlamento Europeo da luz verde a su plan pionero para regular la inteligencia artificial

Con 499 votos a favor y solo 28 en contra el Parlamento Europeo ha confirmado este miércoles su posición sobre la Ley de Inteligencia Artificial que prepara la Unión Europea y que convertirá al bloque en pionero a la hora de regular este sector. De esta forma, la Eurocámara llevará negro sobre blanco sus propuestas a las negociaciones con el Consejo, con la idea de que la norma quede aprobada antes de que acabe la presente legislatura.

Entre otros puntos, plantea prohibir los reconocimientos faciales o regular el uso del ChatGPT. «Cualquier ley futura tendrá que atenerse a los siguientes principios: una inteligencia artificial antropocéntrica y antropogénica; seguridad, transparencia y rendición de cuentas; salvaguardias contra el sesgo y la discriminación; derecho de reparación; responsabilidad social y medioambiental; respeto de la intimidad y protección de los datos», expresaron los eurodiputados.

Para los eurodiputados, «es importante diferenciar entre creaciones humanas con ayuda de la IA y creaciones generadas directamente por la IA». Consideran que la inteligencia artificial no debe tener personalidad jurídica; por ello, solo los seres humanos pueden ser titulares de los derechos de protección intelectual. El texto ahonda en cuestiones como los derechos de autor, la recogida de datos, los secretos comerciales, el uso de algoritmos y los productos ultrafalsos (deep fakes). A partir de ahí los trabajos y los contactos se han ido sucediendo, en paralelo también a una importancia cada vez mayor de la inteligencia artificial en los usos más cotidianos.

De este modo, deja clara una lista sobre situaciones o usos que quedarían prohibidas de acuerdo a la norma en toda la UE:

  • Sistemas de identificación biométrica a distancia «en tiempo real» en espacios de acceso público;
  • Sistemas de identificación biométrica a distancia «a posteriori», con la única excepción de las fuerzas del orden para la persecución de delitos graves y sólo previa autorización judicial;
  • Sistemas de categorización biométrica que utilicen características sensibles (por ejemplo, sexo, raza, etnia, estatus de ciudadanía, religión, orientación política)
  • Sistemas policiales predictivos (basados en perfiles, localización o comportamientos delictivos anteriores)
  • Sistemas de reconocimiento de emociones en los servicios policiales, la gestión de fronteras, el lugar de trabajo y las instituciones educativas; y
  • Extracción no selectiva de imágenes faciales de Internet o de grabaciones de vídeo vigilancia para crear bases de datos de reconocimiento facial (lo que viola los derechos humanos y el derecho a la intimidad).


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