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Luego que la Fiscalía de Protección a la Mujer presentó requerimiento fiscal Bartolo Fuentes reitera disculpas

El diputado de Libertad y Refundación Bartolo Fuentes reiteró sus disculpas con Melbi Ortiz luego que La Fiscalía de Protección a la mujer presentara un requerimiento Fiscal en su contra.

«Hace mucho que pedí disculpas a la compañera Dip Melbi Ortiz por la discusión en la cual ella se sintió ofendida. Ahora reitero las mismas y ratificamos nuestra disposición de trabajar en conjunto por la gran causa de la refundación y por engrandecer al partido Libre en Yoro»; publicó el diputado Bartolo Fuentes en su cuenta de Facebook.

La Fiscalía de Protección a la Mujer (FEP-MUJER) presentó requerimiento fiscal contra un diputado del partido Libertad y Refundación por suponerlo responsable de cometer delitos en perjuicio de una fémina.

Se trata del diputado por el departamento de Yoro Bartolo Antonio Fuentes a quien se le acusa por los supuestos delitos de tratos crueles, inhumanos o degradantes por funcionario público y violencia contra la mujer agravada.

De acuerdo a la declaración de la víctima, los hechos se suscitaron el día 9 de enero del año 2022 cuando varios diputados se encontraban en una reunión en el Congreso Nacional para consensuar los puestos de la gobernación departamental de Yoro.

En esa reunión el diputado Bartolo Antonio Fuentes agredió verbalmente a la ofendida manifestándole “que era una mentirosa, vieja, corrupta” entre otros insultos y de manera violenta empezó a golpear la mesa y se dirigió a la víctima con el propósito de pegarle en la cara, al no lograrlo continuó insultándola y agrediéndola de forma verbal.

Por tal razón la ofendida interpuso la denuncia ante el Ministerio Público por lo cual la fiscalía presentó requerimiento fiscal basándose en el artículo 217 y 209 del Código Penal, además amparándose en lo que refiere el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belem Do Para” y la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de violencia contra las mujeres (1993).

Durante las diligencias investigativas de la FEP-MUJER a la víctima se le realizaron evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, estableciéndose en el dictamen forense que la evaluada presenta daño moral reflejado por el malestar que experimenta al ver desprestigiado su honor y reputación por la acción de un tercero, asimismo, el dictamen psiquiátrico refiere que la ofendida presenta como diagnóstico depresión moderada, asociada a temas morales. Por estos hechos la FEP-MUJER presentó el requerimiento fiscal y solicita que se designe juez natural, se cite al imputado, se autorice evaluación psicológica del imputado, se le reciba declaración a la víctima con formalidades de prueba anticipada y mediante Cámara de Gessell, además que se designe defensor público para que represente al imputado durante dicha diligencia.



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