La Corte Suprema de Justicia de Honduras (CSJ) invita a las organizaciones de sociedad civil para conformar la Junta Proponente para la elección del fiscal general y fiscal adjunto del Ministerio Público (MP).
Dichas organizaciones seleccionadas por el Poder Judicial podrán participar en este proceso que seleccionará a las autoridades que estarán al frente del ente investigador de la República.
Este poder del Estado sugiere que se tome la misma metodología para la escogencia de los magistrados y magistradas del Poder Judicial, en torno a la participación de la sociedad civil.
COMUNICADO
SOBRE LA CONVOCATORIA A LAS ORGANIZACIONES DE SOCIEDAD CIVIL PARA QUE CONFORMEN LA JUNTA PROPONENTE.
En relación a los cuestionamientos sobre la participación de la Sociedad Civil dentro de la Junta Proponente para la elección de las nuevas autoridades del Ministerio Público, es necesario informar a la ciudadanía en general, que en virtud de la sentencia SCO-0623-2013, donde la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia conoció los motivos de inconstitucionalidad presentados por distintas organizaciones de Sociedad Civil como ser: el Centro de Derechos de Mujeres (CDM), el Foro de Mujeres por la Vida, el Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ), el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC – SJ), el Comité por la Libertad de Expresión (C-Libre), la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD), entre otras organizaciones; quienes argumentaron, como se indicó en el considerando (5) de la sentencia referida, que la reforma al artículo 22 de la Ley del Ministerio Público, donde se establecía la representación de la Alianza por la Paz y la Justicia, significaba la exclusión de numerosas organizaciones que conforman la Sociedad Civil y de los Movimientos Sociales del país, los que principalmente conforman la Coalición contra la Impunidad, aspecto que se consideró como un acto de discriminación, al impedirles en igualdad de condiciones, el ejercicio de su participación en asuntos de interés público, como si lo tenían las otras organizaciones señaladas en el texto expulsado de nuestro ordenamiento.
La sentencia señaló en su considerando (19), que el Poder Legislativo debe emitir leyes en absoluto respeto al principio de igualdad, sin dar condiciones que generen desventajas a grupos en particular, habiendo dicha reforma infringido la Constitución, al señalar únicamente para esta participación a la Alianza por la Paz y la Justicia, dejando por fuera a otros sectores de organizaciones que forman parte de la Sociedad Civil hondureña, quienes pueden estar interesados en participar en la elección del Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto, que son quienes rectoran el funcionamiento del Ministerio Público, órgano responsable de la representación, defensa y protección de los intereses generales de la sociedad.
concluyó la Sala de lo Constitucional, al indicar que la parte impugnada del artículo 22 de la Ley del Ministerio Público, contenido en el Decreto Legislativo 158-2013, vulneraba los artículos 1 y 60 de la Constitución de la República, relacionados con el artículo 23 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y con los artículos 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por excluir de la Junta Proponente a varias organizaciones que forman parte de la Sociedad Civil, situación que puede ser enmendada con la facultad reglamentaria del Estado; la convocatoria realizada por la magistrada presidenta de la Corte Suprema Justicia cumple los fundamentos y la interpretación conforme que dio el intérprete último y definitivo de nuestro ordenamiento constitucional, que con la sentencia no genera la exclusión de la Sociedad Civil en la Junta Proponente, sino que ordena que la misma se haga de forma abierta, a todas las organizaciones interesadas a participar, conforme a lo regulado en el artículo 6 de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Decreto Legislativo 74-2022, proceso que garantizó de forma transparente y democratica la participación de la Sociedad Civil, como ha sido señalado por distintos organismos internacionales y nacionales.
El proceso de elección de las nuevas autoridades del Ministerio Público requiere de una alta participación de la Sociedad Civil, esa convicción marca la visión de esta gestión en el Poder Judicial, para así darle un mayor involucramiento a todos los sectores del país en el acceso a la justicia; la nueva realidad del país requiere realizar procesos con la más amplia participación de la ciudadanía, y esta elección no será la excepción, aunque contemos con sectores que estén en contra de esta decisión, actuaremos siempre en favor de fortalecer el Estado democrático de Honduras.
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Francisco Morazán, 10 de mayo de 2023.
PODER JUDICIAL DE HONDURAS