El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) en atención al feriado del 1 de mayo del año 2023 y ante las distintas consultas realizadas por distintos gremios empresariales y empresas COMUNICA:
PRIMERO: El 1 de mayo es día feriado de conformidad con el artículo 339 del Código del Trabajo.
SEGUNDO: Que de conformidad con el Decreto legislativo No. 50-2003, se establece “Los días de feriado nacional que cayeren en días laborales se trasladan para su goce al día lunes de la siguiente semana con excepción de los días 1 de enero, jueves, viernes y sábado de Semana Santa, 1 de mayo, 15 de septiembre y 25 de diciembre, los que se gozarán el mismo día que cayeren», por lo que será gozado por los trabajadores el día lunes 01 de mayo del 2023 el feriado correspondiente al día del trabajador.
TERCERO: Las empresas cuyos empleados trabajen el día lunes 1 de mayo del 2023 deben cumplir con lo establecido en el artículo 340 del Código de Trabajo que establece “que si en virtud de convenio se trabajare durante los días de descanso o los días feriados o de fiesta nacional, se pagarán con el duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria en proporción al tiempo trabajado, sin perjuicio del derecho del trabajador a cualquier otro día de descanso en la semana conforme al Artículo 338”.
CUARTO: El COHEP felicita a todos los trabajadores en la celebración del “Día Internacional del Trabajo” e instamos a los empleadores, trabajadores y la población en general promover el trabajo decente y el respeto de los derechos fundamentales del trabajo sustentado en el diálogo social que ayude a construir la paz social y el bienestar económico en Honduras.