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Los derechos laborales son temas fundamentales a los que todos aspiramos, pero no están disponibles para todos. A pesar de que este servicio es responsabilidad del empleador y uno de los más importantes, lamentablemente aún existen muchas empresas que no brindan servicios de salud a sus empleados. Si el empleado no protege sus pertenencias en caso de accidente, los costos deben ser cubiertos por él en el servicio privado. Tampoco recibirá ningún apoyo financiero durante su recuperación. Por suerte, la chica de la que vamos a hablar hoy tiene seguro y puede usarlo aunque trabaje desde casa.
Una española demandó a su empresa porque mientras trabajaba en su casa como parte de la modalidad home office, se cayó en el baño, causándose un traumatismo en el codo y el costado derecho. Ante el hecho, y a pesar de que la empresa no estuvo de acuerdo, el Juzgado de lo Social #1 declaró que la caída sí contaba como accidente laboral.
El argumento que dio la empresa fue que la trabajadora no se cayó mientras estaba cumpliendo las obligaciones asignadas a su trabajo, que implican estar sentada frente al computador. Sin embargo, el juez hizo hincapié en que ir al baño no es algo que sea completamente ajeno al trabajo. Además, argumentó que:
La víctima explicó que se había caído al salir del baño para volver a su computadora, pero el call center donde trabajaba no estuvo de acuerdo porque estar en casa no era una lesión laboral para ellos. El jurado aún está deliberando porque, aunque el juez ha dictaminado un accidente, la empresa todavía tiene la opción de apelar.
Durante la pandemia que comenzó en el 2020, muchos empleados pudieron seguir trabajando desde casa, pero a medida que continúan brindando servicios a la empresa, es justo que sigan recibiendo los mismos derechos y beneficios sin importar dónde se encuentren o quien realiza los servicios ¿ tú qué piensas?