Pedro Armando Aguilar Orellana se convirtió en alcalde del municipio de San Marcos, Santa Bárbara en las pasadas elecciones de noviembre de 2021, cargo que logró como miembro del Partido Alianza Patriótica Hondureña (APH).
Con su triunfo por más de 3,000 votos, Aguilar Orellana, salvó al Partido Alianza Patriótica de la desaparición, ya que fue el único integrante de dicho instituto político que logró un cargo de elección popular.
No obstante, previo a su etapa en la política, el edil habría cometido una larga lista de delitos, entre ellos el asesinato de siete personas, según las investigaciones del Ministerio Público.
“El Patrón”, “Pedrito”, “Coyote”, “Pelón” o “Piter”, era los sobrenombres con los que se le conocía en el mundo criminal, según agentes de la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) y la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), quienes le capturaron esta mañana.
Sus presuntos crímenes
El alcalde de San Marcos, Santa Bárbara es acusado por el asesinato de María del Carmen Castellanos Fernández, Kevin Ariel Ruíz Ramírez, Guadalupe Milla Claros y Oscar Humberto Ramírez Altamirano, cuyos crímenes ocurrieron entre enero y junio de 2019 y asociación para delinquir.
Además, se le vincula como líder de una organización criminal denominada “banda de Pedrito o Pelón”, él mismo dirige actividades de sicariato y provee armas, municiones y vehículos para cometer los asesinatos.
Se le investiga por supuestos nexos con el narcotráfico y con un supuesto testaferro de los hermanos Rivera Maradiaga quien fue administrador del zoológico Joya Grande, justamente en julio de 2020 la policía de Guatemala lo detuvo junto a otra persona decomisándole dos cajas conteniendo 100 municiones de calibre 22 milímetros y 130 quetzales.
En 2016, fue acusado por el asesinato de tres de personas, entre ellas: su suegra Marlen Anabel Luna y sus cuñados Edgardo Salomón Luna y Santos Ángela Alvarado Ramírez, hecho criminal ocurrido el 8 de mayo de 2016 en el barrio Santa Rosa de San Marcos, siendo sobreseído provisionalmente al no declarar el testigo presencial, pero, la causa se apeló.