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Rosario Murillo y Daniel Ortega están excomulgados según el Derecho Canónico, afirman expertos

Los dictadores de Nicaragua Daniel Ortega y Rosario Murillo está “ipsofactamente excomulgados” y ya no pertenecen a la Iglesia Católica de conformidad con el Derecho Canónico por perseguir a la Iglesia, atentar contra personas consagradas y cometer actos que constituyen herejías, afirman expertos consultados por 100% Noticias.

Daniel Ortega y Rosario Murillo, quienes usurpan la presidencia de Nicaragua, ya no pertenecen a la comunidad católica pues están “excomulgados de ipso facto”,  y desde hace tiempo al haberse puesto fuera de las prácticas religiosas católicas por cometer herejías y atentar contra personas consagradas, según lo establece el Derecho Canónico y expertos consultados por 100% Noticias a propósito de la actual escalada represiva desatada por la dictadura contra el catolicismo.

El Sacerdote católico Rafael Bermúdez, actualmente en el exilio, quien tuvo que marcharse para ponerse a salvo de la persecución contra él, ejercida por el régimen de Nicaragua, y un experto en teología, que por estar aún en país pidió mantener en reserva su identidad, coinciden en afirmar que la pareja presidencial efectivamente ha cometido todas las faltas necesarias para estar excomulgada  «latae sententiae», es decir de forma inmediata.

El experto teológico señala que el Código Canónico establece claramente en su Artículo 1370 que “quien (agrede) contra la Iglesia, contra quien tiene el carácter episcopal, incurre en sanción inmediata” y que “quien usa de violencia contra otro clérigo o religioso en desprecio de la fe, de la Iglesia, de la potestad eclesiástica o del ministerio, debe ser castigado con una pena justa”.

Así mismo, el Artículo 1373 del mismo Código ordena que “quien suscita públicamente la aversión, el odio de los súbditos o contra el Papa o el obispo, o induce a desobedecerlas, debe ser castigado con entredicho o con otra pena justa”. Todas estas faltas han sido cometidas por Ortega y Murillo, según indica el experto.

En ese sentido, el teólogo recuerda que la excomunión es un tema eminentemente católico y no constituye una pena civil, tampoco es una cuestión política ni de presión social. “Es una medida correctiva en el ámbito espiritual. No es precisamente un tema de venganza ni de exclusión definitiva. Es para buscar la corrección y el regreso a la comunidad de la persona sancionada”.

En el caso de Rosario Murillo principalmente, pero se incluye a Daniel Ortega, está excomulgada “latae sententiae” que podría analizarse como una excomunión “de hecho y autoinflingida e ipso facto”, es decir, inmediata, no la impone la iglesia sino que es la misma persona que se excluye mediante sus actos.

Explicó que, en realidad Murillo hace rato se excomulgó sola por la persecución contra la iglesia, contra los obispos y sacerdotes. 

“Hace rato está fuera de la comunión de la Iglesia por sus prácticas esotéricas. Desde que ofreció aquella entrevista a Arturo McFields (en la navidad del 2006) en la que mostró su casa y fue notable el uso de símbolos no católicos mezclado con símbolos de la Iglesia Católica, toda una serie de prácticas que la ponen en excomunión inmediata. Aunque aparezca en los libros de bautismo, de confirmación o se haya casado por la Iglesia, ella está fuera de la comunidad de la iglesia, está en excomunión”, insistió el teólogo.

Y lo peor y más grave, según el experto, es que después de todo eso, ella siguió comulgando. 

“Para el católico, la comunión no es un símbolo, es una realidad, es el cuerpo y la sangre de cristo lo que recibimos y no se debe recibir indignamente. La Biblia dice que quien come y bebe el cuerpo y la sangre de Cristo estando en pecado come y bebe su propia condenación”. 

El argumento expuesto por el teólogo es que una persona que mantiene prácticas esotéricas está fuera de la Iglesia. “Es una sacrílega (Rosario Murillo), no es blasfema sino sacrílega”, insiste y agrega que “Murillo está excomulgada desde hace tiempo y ha cometido el pecado gravísimo del sacrilegio porque ha comulgado sin pertenecer a la Iglesia”.

Su afirmación la sustenta con el versículo bíblico en 1 Corintios 11:27: «El que coma el pan o beba de la copa del señor indignamente tendrá que dar cuenta del cuerpo y la sangre del señor. Que cada uno se examine a sí mismo antes de comer este pan y beber de esta copa».

Brujería y confiscación

Por su parte, el sacerdote Rafael Bermúdez refuerza lo dicho por el teólogo y señala que efectivamente Murillo al igual que Ortega han cometido todas las faltas necesarias para estar excomulgados, como en efecto lo están, tomando en cuenta lo establecido en el Código Canónico, pero agrega que la práctica de brujería de Murillo y las confiscaciones de bienes de la Iglesia también hacen parte en los motivos para que estén fuera de la comunidad católica.

El Artículo 1374 del Código de la Iglesia establece que “quien se inscriba en una asociación que maquina contra la Iglesia debe ser castigado con una pena justa; quien promueva o dirija esa asociación ha de ser sancionado”.

El sacerdote recuerda que Rosario Murillo fue organizadora y principal convocante a los que ella llamó “Primer Congreso Mundial de Brujería” en Nicaragua. Es decir, hizo pública su práctica de brujería.

El diario El país, de España, publicó el 16 de enero de 1990, pocos días antes de las elecciones presidenciales de ese año, que Rosario Murillo estaba convocando en Nicaragua el «Primer Congreso Mundial de Brujos», lo que despertó una gran polémica al punto que diversas congregaciones evangélicas solicitaron a Daniel Ortega que impidiera ese evento. Ortega entonces respondió que «no debemos temer la celebración de un congreso de esa índole, porque siempre han existido brujos en Nicaragua».

Finalmente ese congreso de brujería no se realizó porque Ortega perdió las elecciones el 25 de febrero de ese año, un mes antes que se realizara el evento.

En tanto, el artículo canónico 1375 señala que también serán sancionados “quienes impidan la libertad del ministerio, de una elección o del uso legítimo de los bienes sagrados o de otros bienes eclesiásticos, o coaccionan a aquel que ejercita una potestad o ministerio eclesiástico y luego el Artículo 1376 ordena sanción para “quien profana una cosa sagrada, mueble o inmueble”.

Ortega y Murillo ha ordenado la profanación de templos, han ordenado disparar contra iglesias y altares, han mandado a agredir a sacerdotes y proferido, desde plazas públicas, un sinnúmero de ofensas y acusaciones contra el clero católico de las que nunca han presentado pruebas.

Además, recientemente el régimen ordenó la confiscación de equipos de radio propiedad de la Iglesia y que eran utilizados para evangelizar.

El Padre Bermúdez advierte que Murillo, “a como juega su vida, pareciera que no cometiera herejía, manejando un discurso de buena cristiana pero en el ejercicio de su vida, no lo es”.

Además, según el sacerdote, Ortega y Murillo tiene otros pecados públicos que son «atentar contra personas consagradas, no sólo contra la vida humana de la población en general sino contra personas consagradas (sacerdotes)». Ya hay pecados que tienen carácter de Latae Sententiae, se excomulgan de ipso facto”, confirmó.

La persecución contra la Iglesia ejecutada por la dictadura Ortega-Murillo a partir del 2018 no tiene precedentes en Nicaragua, en Centroamérica y muy probablemente en Latinoamérica. En la era moderna, con un Estado laico que constitucionalmente debe garantizar la libertad de culto, en una era donde existen leyes democráticas y hay una primacía de la libertad de culto, es increíble que esté pasando esto, Represión a la libertad de culto, específicamente contra la Iglesia Católica.
 
Un ejemplo de la más reciente herejía cometida por Murillo, de acuerdo con el análisis del Padre Rafael, es el del pasado 4 de agosto cuando el Obispo Rolando Álvarez, actualmente secuestrado por la Policía Sandinista dentro de la Curia Episcopal de Matagalpa, salió a rezar con el Santísimo en sus manos para pedir que cesara el asedio contra su Diócesis.

“Cuando el Obispo Álvarez salió con el Santísimo a la calle Murillo llamó a ese acto como «ridículo, abuso, manipulación». Eso es herejía. ¿Lo habrá dicho por ignorancia o para justificar sus actos?”, interrogó el religioso.

Explicó que “el Obispo es el que nombra a un sacerdote para hacer exorcismo y si es el Obispo el que está haciendo un exorcismo, si es el ordinario de la Diócesis y más si está con El Santísimo en las manos ¿a quién tiene  que pedirle autorización para hacer un exorcismo si es él el que tiene la potestad plena para hacerlo? Sin embargo, ella (Murillo) sale ridiculizándolo, cuestionándolo, está cayendo en una herejía”. 

Finalmente el sacerdote exiliado recordó que Murillo está excomulgada, sin embargo, interrogó, “¿se atreverá a comulgar?, indicó que no le extrañaría que lo haga, pero “¿dónde lo va a hacer? Podría hacerlo con un sacerdote simpatizante, sin embargo si un sacerdote permite que ella comulgue también estaría cometiendo una grave falta y podría ser llamado a corrección”.



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