En España los animales de compañía o mascotas serán jurídicamente considerados miembros de la familia.
Gracias a una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil los animales de compañía dejarán de ser ‘cosas’ para considerarse “seres vivos dotados de sensibilidad“.
A partir de este 5 de enero se regulará la custodia de las mascotas en caso de divorcio o separación, se vigilará que no se usen como herramienta de violencia de género y se combatirá con mayor fuerza su abandono o maltrato.
La iniciativa para que los animales de compañía sean seres vivientes y no cosas en España data de 2015, cuando el Observatorio Justicia y Defensa Animal recabó más de 500 mil firmas.
Posteriormente tomó fuerza de la mano del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) hasta su aprobación en el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre.
Ahora el Código Civil señala que el propietario debe ejercer cuidados sobre su o sus animales de compañía y asegurar su bienestar conforme a las características de cada especie.
En caso de divorcio o separación el juez considerará las necesidades de las mascotas para acordar la participación de los implicados en los gastos de su manutención y cuidado, así como para definir su destino.
Además, los jueces podrán decidir que los padres no compartan la custodia de los hijos con sus ex parejas si estas han maltratado o amenazado a animales de compañía como método de violencia vicaria.
En la Ley Hipotecaria se establecerá que los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo no podrán incluirse en hipotecas.
Por su parte, la Ley de Enjuiciamiento Civil protegerá a los animales de compañía de ser embargados en caso de impagos.
Con información de El Mundo