La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España ha condenado a los tres miembros de una cédula yihadista acusados de cometer los atentados de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017 a penas de 8, 46 y 53 años de cárcel, aunque ya ha advertido que ninguno de ellos cumplirá más de 20 de privación de libertad.
Mohamed Houli ha sido sentenciado a 53 años y seis meses de prisión y Driss Oukabir a 46 años, ambos por los delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.
El tercer acusado, Said Ben Iazza, ha sido condenado a 8 años de prisión por colaboración con organización terrorista. A los tres se les impone inhabilitación absoluta y especial y la prohibición de acercarse a Alcanar -municipio en el que se reunía la cédula y preparaba explosivos- durante diez años después de cumplir la condena a los dos primeros y cinco a Iazza.