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España legaliza la eutanasia y el suicidio asistido

El Parlamento español aprobó definitivamente este jueves (18.03.2021) una ley para regularizar la eutanasia y el suicidio asistido, uniéndose a la reducida lista de países que permitirán a un paciente incurable recibir ayuda para morir y evitar su sufrimiento. Propuesta por el gobierno del socialista Pedro Sánchez, la ley, que entrará en vigor en tres meses, fue validada en el Congreso de los Diputados con 202 votos a favor de los partidos de izquierda, de centro y regionalistas, 2 abstenciones y 141 votos en contra, principalmente de la derecha.

Inmediatamente después, los aplausos resonaron en la cámara baja por varios minutos. Los diputados de Vox habían mostrado sus portátiles abiertos con la frase «la derogaremos» en la pantalla, mientras que los del PP han permanecido sentados en sus escaños sin aplaudir. La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ha tenido que recordar a Vox que en la Cámara no se puede hacer uso de pancartas y que la libertad de expresión se ejerce mediante la palabra.

Con la aprobación de esta ley, España se convierte en el séptimo país del mundo en el que esta práctica es legal después de Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda (donde ya se ha aprobado, pero entrará en vigor en noviembre) y Colombia (en este último país por decisión del Tribunal Constitucional, pero sin que el Parlamento haya aprobado una ley que la regule).

La norma prevé que toda persona con «enfermedad grave e incurable» o padecimiento «crónico e imposibilitante» pueda solicitar ayuda para morir y así evitarse «un sufrimiento intolerable». Se imponen estrictas condiciones, como que la persona, de nacionalidad española o residente legal, sea «capaz y consciente» al hacer la petición, que debe formular por escrito «sin presión externa» y repetir quince días más tarde.

El médico siempre podrá rechazarla si considera que no se cumplen los requisitos. Además, debe ser aprobada por otro médico y por una Comisión de Evaluación. Y cualquier profesional de la salud puede alegar «objeción de conciencia» para negarse a participar en el procedimiento, costeado por la sanidad pública.



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