Mediante oficio la Dirección de Vigilancia del marco normativo de la Secretaría de Salud notificó a los jefes sanitarios y de unidades de vigilancia que en vista del estado de emergencia declarado por el estado, para poder salir o ingresar al territorio nacional es obligatorio la presentación de una prueba RT-PCR, de antígeno y de anti-cuerpo (rápida y Elisa) para el diagnostico del sars-cov2 (covid-19).
La emisión de las mismas deben ser exclusivamente de laboratorios privados que cuenten con licencia sanitaria emitida por la Sesal y desautoriza a salas de triajes y regiones sanitarias a emitir esos resultados.
Aquí la comunicación: