Dictamen en segundo debate, reformar los artículos 43 53, 68, 111, 112, 125 de la Ley del @RnpHonduras .
HD @JorgeCalixHN #Libre presenta formal moción para la dispensa del segundo debate aprobado por ende se discute en su tercer y último debate.#AprobadoEnSuTotalidad pic.twitter.com/4h5OY6N3Qw
— Congreso Nacional (@Congreso_HND) March 21, 2019
D I C T A M E N
Congreso Nacional:
En cumplimiento con lo dispuesto por el Señor Presidente del Congreso Nacional, los miembros de la Comisión Especial dictaminan el Proyecto de Decreto presentado a la consideración del Pleno por el Honorable Diputado Jorge Cálix, orientado a reformar varios artículos del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
Después de haber analizado íntegramente toda la documentación concerniente, esta Comisión se pronuncia de la manera siguiente:
La democracia es un proceso mediante el cual los pueblos determinan su forma de gobierno refrendando sus actuaciones bajo el principio de la validez de las decisiones tomadas por mayorías, este principio aparece consagrado en el primer Artículo de la Constitución de la República y luego reforzado por otras disposiciones de orden político; el respeto del principio a las decisiones mayoritarias, acompañado a la vez de las consideraciones expuestas por la minorías, contribuye a generar armonía y confianza entre los ciudadanos de una nación.
El Registro Nacional de las Personas es una institución de Seguridad Nacional, que asegura la debida inscripción de nacimientos, adopciones, defunciones, matrimonios, divorcios, identificación, suspensión, perdida o restablecimiento de la ciudadanía, domicilio, naturalizaciones, emancipaciones, habilitaciones de edad, impugnaciones de paternidad y maternidad, tutelas, curatelas, muerte presunta, defunciones, unión de hecho, separación de hecho, patria potestad, guarda y custodia, interdicción civil, y todo lo relacionado al registro de hechos vitales y actos civiles de vida de las personas naturales.
La identificación de personas naturales es un derecho constitucional de todo ciudadano, quienes cuentan con la garantía del Estado y las leyes, de no ser víctimas de modificaciones sin su expreso consentimiento, usurpaciones y violación de sus derechos individuales.
Conscientes de esta situación, con alto espíritu de trabajo y en apego a la Constitución de la República, esta Comisión se pronuncia favorablemente sobre esta Iniciativa de Ley, salvando desde luego el más ilustrado pensamiento de esta Alta Representación Nacional.
Tegucigalpa, D.C., 13 de Marzo de 2019
COMISIÓN ESPECIAL
MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ DAVID GUILLERMO CHÁVEZ MADISON
FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ DENIS ARMANDO CASTRO BOOBADILLA
JUAN CARLOS ELVIR MARIO LUIS NOE VILLAFRANCA
FRANCISCO JAVIER PAZ LAÍNEZ ROLANDO DUBÓN BUESO
SOBEYDA JUDITH ANDINO ÁLVAREZ CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES
D E C R E T O No.