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CN se pronuncia sobre «campaña de desinformación» por Reforma Art. 115 de Ley General de Administración Pública.

COMUNICADO

En vista de los rumores malintencionados, que lastimosamente han salido de este Congreso Nacional por parte de personas que en muchos casos pese a ser profesionales del derecho, no saben o no les conviene conocer adecuadamente los alcances de las leyes que en este Poder del Estado se crean, se modifican o se extinguen, los miembros de la Comisión de Dictamen de la reforma al artículo 115 de la Ley General de Administración Pública, nos vemos en la obligación de celebrar esta comparecencia de prensa y leer el presente comunicado.

  1. Nosotros, los miembros de la Comisión de Dictamen de la reforma al art. 115 de la Ley General de Administración Pública, rechazamos la campaña malintencionada de un sector político que trata de dañar la imagen de este Poder del Estado y de los diputados, engañando a la opinión pública y a los medios de comunicación, en un claro afán de ganar notoriedad y arrancar espacios noticiosos en base a mentiras, asegurando que esta iniciativa va encaminada a beneficiar a los diputados, para que no seamos investigados por los órganos de justicia.

 

  1. Aclaramos que dicha ley, no tiene alcances en ningún área de las actividades del Poder Legislativo. Tal como su nombre lo dice, LEY GENERAL DE ADMINSITRACION PUBLICA, rige únicamente las actividades de las instituciones centralizadas y descentralizadas del Poder Ejecutivo, por ende toda reforma que se haga en cualquiera de sus articulados, NO TIENE NINGUNA REPERCUSION, NI BENEFICIA, NI AFECTA, A NINGUN MIEMBRO DEL PODER LEGISLATIVO.

 

  1. Cualquier profesional del derecho medianamente entendido en la materia, conoce los alcances de esta ley. Por eso nos extraña que algunos diputados y analistas, que son profesionales del derecho, aparezcan en medios de comunicación a denunciar que esta reforma busca “blindar” a los diputados. NADA MÁS ALEJADO DE LA VERDAD! Repetimos… la Ley General de Administración Pública, regula sólo la administración pública, centralizada o descentralizada, NO tiene nada que ver con la función de los diputados, o de ningún otro funcionario adscrito al Poder Legislativo.

 

  1. La intención de la reforma es eliminar un vacío legal que detectamos en la actual norma, y es establecer las responsabilidades que tienen personas que sin ser funcionarios públicos, forman parte de las juntas directivas de varias instituciones del Estado, pero representando a sociedad civil, como son los gremios empresarios, obreros o profesionales, que por ser parte de ORGANISMOS COLEGIADOS, sus decisiones pueden acarrearles responsabilidades administrativas, civiles o penales. Esta reforma trata de dejar clara esta relación.

 

  1. En ningún momento la reforma limita la potestad de investigación y de acusación del Ministerio Público, por el contrario, establece la ruta clara que debe seguir la investigación, en caso de que estas personas, que NO SON FUNCIONARIOS PUBLICOS, incurran en alguna responsabilidad administrativa, civil o penal, debido a las decisiones que apoyan dentro de órganos colegiados o juntas directivas de instituciones descentralizadas del Estado.

 

  1. A los medios de comunicación les reiteramos nuestra disposición total a contestar consultas cuando personas que tratan de sorprender la buena fe de los periodistas, claramente se inventan temas con el único fin de obtener espacios mediáticos en foros de tv, o entrevistas de radio o en periódicos, al tiempo que desinforman a la opinión pública y  ganan notoriedad en base a mentiras y difamación.

 

 

Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 7 días del mes de febrero del año 2019.

 

 

COMISION ESPECIAL DE DICTAMEN

REFORMA ART. 115 LEY GENERAL DE ADMINISTRACION PÚBLICA



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M. Torres
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