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Reformas en Mención:
Congreso Nacional reforma Ley de Privación de Dominio, pero sin aplicación retroactiva a casos ya juzgados
Con las reformas a Ley de Privación de Dominio realizadas este martes por el Congreso Nacional se retoma el principio de inocencia reconocido por la Constitución de la República.
Sin embargo, eso no significa que la persona acusada no deberá mostrar cómo adquirió sus bienes y, en el caso que se compruebe que fue con dinero proveniente de actividades ilícitas, las perderá.
“Además, con estas reformas a la Ley de Privación de Dominio el Congreso Nacional retoma el camino constitucional al volver a poner la carga de la prueba en responsabilidad del acusador no del acusado, como estaba hasta antes de la reforma”, explicó el diputado Mario Pérez.
Con esto –agregó-, se respeta el principio de inocencia que es reconocido por la Constitución.
El diputado de la iniciativa, Dennis Castro Bobadilla, retiró su Proyecto de Ley y se adhirió al Dictamen.
Vale destacar que el dictamen elimina la solicitud de retroactividad de la reforma. NO ES RETROACTIVA.
“La incautación aplica hasta que el acusado es vencido en juicio. Los bienes adquiridos con dineros sucios serán incautados como ha venido sucediendo hasta ahora”, dijo Pérez.
Durante el aseguramiento, el acusado no podrá transferir, vender o donar el bien. Pero podrá seguir viviendo en él hasta que sea vencido en juicio.
“Hay un nuevo artículo en esta parte, porque en este país se tiene que castigar el abuso de autoridad y está en una legislación, una ley especial que lleva a cabo justo la Procuraduría General de la República, en repetición; todo perjuicio ocasionado al Estado de acciones derivadas de esta ley, la Procuraduría General de la República perseguirá los bienes y activos de los funcionarios que hayan incurrido en la misma (perjuicio al Estado)”, detalló Castro Bobadilla.
Para Castro Bobadilla, “Vienen demandas al Estado de Honduras por este tipo de acciones precipitadas, abusivas, destructivas de fuentes de trabajo. Se han cerrado fábricas, talleres y otras fuentes de trabajo; ayer nos dimos cuenta que hasta ganado incautado han vendido a precio de gallo muerto”.
Por esa razón –dijo-, las responsabilidades tienen que caer en alguien, en el que haya causado un perjuicio y en los funcionarios o las personas que por sus acciones el Estado de Honduras se ve obligado a indemnizar.