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Auto de Apertura a Juicio contra ex viceministro Darío Cardona por caso «Agua Zarca»

La Fiscalía Especial de Etnias y Patrimonio Cultural se notificó este martes de la resolución emitida por el Juez 22 del Juzgado de Letras Penal de la Sección Judicial de Tegucigalpa, mediante la cual decreta el Auto de Apertura a Juicio en el proceso penal instruido en contra del ex viceministro de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), Darío Roberto Cardona Valle, por haber ampliado irregularmente la Licencia Ambiental del proyecto hidroeléctrico “Agua Zarca”, sobre el Río Gualcarque, en el territorio del pueblo indígena Lenca.

 

Esta determinación se produce luego que el Ministerio Público señalara ante esa judicatura, los múltiples retrasos improcedentes de los que ha sido objeto el proceso por parte de la defensa privada del imputado, por quienes la Audiencia Preliminar se reprogramó desde el 14 agosto del 2017 en cinco ocasiones.

 

 

Ante ello, el juzgador, en aplicación al artículo 9 del Código Procesal Penal, es del criterio que existen condiciones para culminar la Etapa Intermedia y continuar con la Etapa de Debate, debiéndose remitir el expediente en un término no mayor a 48 horas al Tribunal de Sentencia competente y poner a disposición al detenido, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Támara.

 

Para el juez, que es un tercero imparcial, “los abogados defensores del encausado han dejado de hacer uso del derecho que le asiste a su representado de contestar cargos, tratando con ello de dilatar injustificadamente el proceso, lo que constituye un acto de deslealtad con la justicia, por lo que deviniendo en la obligación de advertir estas acciones dilatorias de las partes y no permitir el entorpecimiento del proceso, se estima procedente emitir Auto de Apertura a Juicio y que sea en esa etapa procesal que la defensa solicite la evacuación de los medios de prueba que estime conveniente y se declara Sin Lugar la solicitud de aplazar la continuación de la Audiencia Preliminar”.

 

 

Como se recordará, por la ampliación irregular del proyecto «Agua Zarca» el Ministerio Público sustentó los criterios fácticos del Requerimiento Fiscal de fecha 11 de octubre de 2016, atribuyendo al encausado el delito de Abuso de Autoridad.

 

Según las investigaciones, en el año 2013, Cardona Valle aprobó una modificación al licenciamiento de “Agua Zarca”, autorizando el aumento en la capacidad de generación de energía de 14.4 megavatios a 21.7 megavatios y el traslado de las obras de infraestructura de Río Blanco, Intibucá, a San Francisco de Ojuera, Santa Bárbara, declarando que dicha represa era ambientalmente viable y recalificándola a categoría 3.

 

Lo anterior, el exfuncionario lo hizo sin realizar un proceso de consulta libre, previa e informando al pueblo Lenca del sector, contraviniendo lo dispuesto en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales, que obliga al Estado a efectuar tales procesos de consulta con las comunidades indígenas sobre aquellos proyectos que puedan afectar los recursos naturales existentes en sus territorios, tal y como ocurrió con su antecesor Marco Jonathan Laínez Ordóñez, quien en 2011 autorizó el proyecto hidroeléctrico “Agua Zarca” y por lo que enfrenta una acusación criminal similar.

 

 

Cabe señalar, que la Prisión Preventiva en contra del exviceministro de SERNA tiene asidero legal de acuerdo a lo establecido el artículo 184 párrafo 4 del Código Procesal Penal, ya que el imputado enfrenta tres procesos activos, uno por “Agua Zarca”, otro por Tráfico de Influencias en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) y un último por delitos contra la administración pública en el Instituto de Previsión del Magisterio (INPREMA), por lo que recientemente se le prorrogó por seis meses más la medida cautelar privativa de libertad.



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M. Torres
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